Test 1 - Título III y IV - Ley 50/1997
20 preguntas
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1. ¿Cómo puede el Consejo de Ministros avocar una competencia atribuida a las Comisiones Delegadas?
Ley 50/1997, Artículo 20.4. El Consejo de Ministros puede avocar mediante un acuerdo motivado la competencia de una Comisión Delegada.
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2. ¿Quién regula el estatuto aplicable a los Presidentes del Gobierno tras su cese?
Ley 50/1997, Artículo 12.4. El estatuto aplicable a los Presidentes del Gobierno tras su cese será regulado por Real Decreto.
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3. ¿Qué responsabilidad tiene el Gobierno cesante hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno?
Ley 50/1997, Artículo 21. El Gobierno cesante continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.
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4. ¿Qué limitaciones tiene el Gobierno en funciones en cuanto a su gestión, según el artículo 21?
Ley 50/1997, Artículo 21.3. El Gobierno en funciones limita su gestión al despacho ordinario de los asuntos públicos.
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5. ¿Qué funciones no pueden ser delegadas según el artículo 20?
Ley 50/1997, Artículo 20.3. No pueden ser delegadas las funciones atribuidas directamente por la Constitución, nombramiento de altos cargos y otras que la ley prohíba.
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6. ¿Qué ocurre cuando cesa un Director de Gabinete, según el artículo 16?
Ley 50/1997, Artículo 16.3. Los Directores de Gabinete cesan automáticamente cuando cesa el titular del cargo al que dependen.
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7. ¿Quién convoca las reuniones del Consejo de Ministros, según el artículo 18?
Ley 50/1997, Artículo 18.1. El Presidente del Gobierno convoca las reuniones del Consejo de Ministros.
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8. ¿Qué no puede hacer el Presidente del Gobierno en funciones?
Ley 50/1997, Artículo 21.4. El Presidente en funciones no puede disolver las Cámaras ni proponer la cuestión de confianza ni referendos.
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9. ¿Cuándo cesa el Gobierno, según el artículo 21?
Ley 50/1997, Artículo 21.1. El Gobierno cesa tras elecciones generales, pérdida de confianza parlamentaria, dimisión o fallecimiento del Presidente.
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10. ¿Qué función realiza el Ministro de la Presidencia en las reuniones del Consejo de Ministros?
Ley 50/1997, Artículo 18.1. El Ministro de la Presidencia actúa como Secretario en las reuniones del Consejo de Ministros.
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11. ¿Qué funciones pueden delegar los Ministros en los Secretarios de Estado?
Ley 50/1997, Artículo 20.1.b. Los Ministros pueden delegar funciones administrativas en los Secretarios de Estado y otros órganos dependientes.
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12. ¿Quién fija el orden del día en las reuniones del Consejo de Ministros?
Ley 50/1997, Artículo 18.3. El orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros lo fija el Presidente del Gobierno.
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13. ¿Qué contiene el acta de las reuniones del Consejo de Ministros?
Ley 50/1997, Artículo 18.4. Las actas de las reuniones del Consejo de Ministros contienen las circunstancias relativas al tiempo, lugar, asistentes, acuerdos e informes presentados.
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14. ¿Qué requisitos no es necesario cumplir para ser miembro del Gobierno?
Ley 50/1997, Artículo 11. Para ser miembro del Gobierno se requiere ser español, mayor de edad y disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo.
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15. ¿Qué ocurre con las delegaciones legislativas durante el periodo de Gobierno en funciones?
Ley 50/1997, Artículo 21.6. Las delegaciones legislativas quedan en suspenso durante el tiempo en que el Gobierno esté en funciones.
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16. ¿Qué no puede hacer el Gobierno en funciones respecto al Congreso?
Ley 50/1997, Artículo 21.5. El Gobierno en funciones no puede presentar proyectos de ley al Congreso ni aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos.
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17. ¿Quién puede avocar una competencia de las Comisiones Delegadas del Gobierno?
Ley 50/1997, Artículo 20.4. El Consejo de Ministros puede avocar, a propuesta del Presidente, una competencia delegada a las Comisiones Delegadas del Gobierno.
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18. ¿Qué se incluye en el acta de una Comisión Delegada del Gobierno?
Ley 50/1997, Artículo 19. Las actas de las Comisiones Delegadas siguen los mismos principios que las del Consejo de Ministros, incluyendo lugar, tiempo y acuerdos.
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19. ¿En qué circunstancias puede el Gobierno en funciones adoptar medidas urgentes?
Ley 50/1997, Artículo 21.3. Solo en casos de urgencia debidamente acreditados o por razones de interés general justificado puede el Gobierno en funciones adoptar medidas extraordinarias.
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20. Según el artículo 17, ¿qué documentos rigen el funcionamiento del Gobierno además de la Ley 50/1997?
Ley 50/1997, Artículo 17. El funcionamiento del Gobierno se rige por la Ley 50/1997, Reales Decretos del Presidente y disposiciones organizativas internas.
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